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REFORMA ENERGÉTICA 2018


¿Has oído hablar sobre la Reforma Energética de México? Si no lo has hecho, este es el Blog perfecto para ti, porque hablaremos acerca de los efectos de esta reforma en el año 2018, para que entiendas un poco más de qué trata.



La ley de la Industria Eléctrica define al sector industrial que consume más de 1MW de manera anual como usuarios calificados.

Según el artículo 59.
La Calidad de Usuario Calificado se adquiere mediante la inscripción en el registro correspondiente a cargo de la CRE. La inscripción se obtendrá mediante solicitud a la CRE por los medios electrónicos establecidos para tal fin. El solicitante deberá acreditar que los Centros de Carga a incluirse en el registro cumplan con los niveles requeridos de consumo o demanda fijados por la Secretaría.
Los Usuarios Finales cuyos Centros de Carga reúnan las características para incluirse en el registro de Usuarios Calificados podrán optar por mantener la Calidad de Usuario de Suministro Básico, siempre y cuando no se encuentren en los supuestos establecidos en el siguiente artículo.
Una persona puede registrarse como Usuario Calificado para el Suministro Eléctrico en determinados Centros de Carga y a su vez mantener la Calidad de Usuario de Suministro Básico para el Suministro Eléctrico en otros Centros de Carga. Para estos efectos, se considerará que el Usuario Calificado y el Usuario de Suministro Básico son Usuarios Finales diferentes.

Según el artículo 15.
Podrán incluirse en el registro de Usuarios Calificados:
I.  Los Centros de Carga incluidos en los Contratos de Interconexión Legados a la fecha de entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica;
II.  Los demás Centros de Carga que reporten una demanda igual o mayor a 3 Megawatts, durante el primer año de vigencia de la Ley de la Industria Eléctrica. Este nivel se reducirá:
a)   Al menos a 2 Megawatts al final del primer año de vigencia de la Ley de la Industria Eléctrica, y
b)  Al menos a 1 Megawatts al final del segundo año de vigencia de la Ley de la Industria Eléctrica, y
III. Los demás Centros de Carga que cumplan con las disposiciones respectivas que emita la Secretaría de Energía.

Todo aquel que no consuma energía renovables, estará obligado a comprar certificados de energías limpias (CELS).

Participantes Obligados:
Suministradores, Usuarios Calificados Participantes del Mercado y los Usuarios Finales que reciban energía eléctrica por el abasto aislado, así como los titulares de los Contratos de Interconexión Legados que incluyan Centros de Carga o Puntos de Carga cuya energía eléctrica no provenga en su totalidad de una Central Eléctrica Limpia.

Si consumes más de 1MW de energía anual,  estás obligado a consumir el 5% de tu energía renovable.

Todo aquel que no cumpla con la Ley de la Industria Eléctrica será ACREEDOR A MULTAS.

Contáctate con nosotros para que un ejecutivo te ayude a calcular las MULTAS a las que podrías ser acreedor por NO CUMPLIR con los requisitos establecidos en las NUEVAS LEYES ENERGÉTICAS.

¡NO pagues ni una multa más y si eres un usuario calificado pide más información e instala tu equipo solar!



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