¿Has oído hablar sobre la Reforma
Energética de México? Si no lo has hecho, este es el Blog perfecto para ti,
porque hablaremos acerca de los efectos de esta reforma en el año 2018, para
que entiendas un poco más de qué trata.
La ley de la Industria Eléctrica define al sector industrial que consume más de 1MW de manera anual como usuarios
calificados.
Según el artículo 59.
La Calidad de Usuario Calificado se adquiere
mediante la inscripción en el registro correspondiente a cargo de la CRE.
La inscripción se obtendrá mediante solicitud a la CRE por los
medios electrónicos establecidos para tal fin. El solicitante deberá
acreditar que los Centros de Carga a incluirse en el registro cumplan con
los niveles requeridos de consumo o demanda fijados por la Secretaría.
Los Usuarios Finales cuyos Centros de Carga
reúnan las características para incluirse en el registro de Usuarios
Calificados podrán optar por mantener la Calidad de Usuario de Suministro
Básico, siempre y cuando no se encuentren en los supuestos establecidos en
el siguiente artículo.
Una persona puede registrarse como Usuario
Calificado para el Suministro Eléctrico en determinados Centros de Carga y
a su vez mantener la Calidad de Usuario de Suministro Básico para el
Suministro Eléctrico en otros Centros de Carga. Para estos efectos, se
considerará que el Usuario Calificado y el Usuario de Suministro Básico
son Usuarios Finales diferentes.
Según el artículo 15.
Podrán incluirse en el registro de Usuarios
Calificados:
I. Los Centros de Carga incluidos en
los Contratos de Interconexión Legados a la fecha de
entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica;
II. Los demás Centros de Carga que
reporten una demanda igual o mayor a 3 Megawatts, durante el primer año de
vigencia de la Ley de la Industria Eléctrica. Este nivel se reducirá:
a) Al menos a 2 Megawatts al
final del primer año de vigencia de la Ley de la Industria Eléctrica, y
b) Al menos a 1 Megawatts al final
del segundo año de vigencia de la Ley de la Industria Eléctrica, y
III. Los demás Centros de Carga que cumplan
con las disposiciones respectivas que emita la Secretaría de Energía.
Todo aquel que no consuma energía renovables, estará obligado a comprar certificados de energías limpias (CELS).
Participantes Obligados:
Suministradores, Usuarios Calificados
Participantes del Mercado y los Usuarios Finales que reciban energía
eléctrica por el abasto aislado, así como los titulares de los Contratos
de Interconexión Legados que incluyan Centros de Carga o Puntos de Carga cuya
energía eléctrica no provenga en su totalidad de una Central Eléctrica
Limpia.
Si consumes más de 1MW de energía anual, estás
obligado a consumir el 5% de tu energía renovable.
Todo aquel que no cumpla con la Ley de la
Industria Eléctrica será ACREEDOR A MULTAS.
Contáctate con nosotros para que un ejecutivo te
ayude a calcular las MULTAS a las que podrías ser acreedor por NO CUMPLIR con
los requisitos establecidos en las NUEVAS LEYES ENERGÉTICAS.
¡NO pagues ni una multa más y si eres un usuario
calificado pide más información e instala tu equipo solar!
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